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    Inicio»Comunicados de Prensa»Senador Espina y proyecto de colusión: “Quienes defraudan la fe pública y afecten directamente a los consumidores merecen la más dura y clara condena”
    Comunicados de Prensa

    Senador Espina y proyecto de colusión: “Quienes defraudan la fe pública y afecten directamente a los consumidores merecen la más dura y clara condena”

    18 noviembre, 2015 - 14:002 Mins Read

    “Si una persona es condenada por un acto de colusión, deberá cumplir a lo menos un año en prisión antes de poder acceder a algún beneficio”.

     

    A segundo trámite constitucional fue despachado el proyecto de ley que sanciona penalmente y con cárcel efectiva la colusión, luego que la Sala de Sesiones del Senado aprobara por unanimidad una moción presentada por un grupo de parlamentarios el 2009.

     

    Al respecto, el Senador Alberto Espina –uno de los autores de dicha iniciativa- señaló que quienes defraudan la fe pública y afecten directamente a los consumidores merecen la más dura y clara condena.

     

    “Nuestro proyecto básicamente busca castigar con penas privativas de libertad que van desde los tres años y un día hasta los diez años de prisión, a quienes celebren o ejecuten acuerdos para fijar el precio general de venta o compra de un producto o servicio, limitar su producción o provisión; dividir, asignar o repartir zonas o cuotas de mercados; o que afecten los resultados de licitaciones de empresas públicas, privadas o de órganos públicos”, argumentó.

     

    Asimismo -precisó Espina- “si una persona es condenada por un acto de colusión y tiene derecho a una de las medidas sustitutivas a las penas de cárcel, deberá cumplir a lo menos un año en prisión, antes de poder acceder a alguno de estos beneficios, con lo cual nos aseguramos cárcel efectiva para quienes delinquen en este tipo de delitos”.

     

    La moción también establece en relación a las multas “que pueden llegar hasta tres veces el monto del beneficio económico obtenido. Con todo, en caso de que no se pueda determinar con exactitud el beneficio económico obtenido, la multa corresponderá al 40% de las ventas en el período durante el cual haya perdurado la acción de colusión”, expresó el parlamentario RN.

     

    “Finalmente, nuestro proyecto permite efectivamente que cualquier persona afectada pueda solicitar una indemnización por los daños y perjuicios sufridos hasta cinco años después, contados desde el acto de colusión. Además, se consagra una presunción de indemnización correspondiente al 40% del valor de cada producto adquirido por la persona afectada, dejando la posibilidad de obtener una suma mayor si se acredita que esos daños fueron superiores”, manifestó.

     

    “Así las cosas, esta semana hemos dado un gran paso para enfrentar este tipo de delitos que esperamos pueda ser aprobado a la mayor brevedad en la Cámara de Diputados”, concluyó Espina.

     

    Fuente: Prensa senador Alberto Espina. 

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