- Concurrimos hoy al Tribunal Constitucional a defender la constitucionalidad del proyecto de ley para la Reconstrucción Nacional y el Desarrollo Económico y Social, ante los requerimientos presentados por un grupo de parlamentarios. Nuestra intervención abordó dos materias: la invariabilidad tributaria y la posibilidad de que el inversionista recupere la inversión realizada cuando una resolución de calificación ambiental es anulada con posterioridad. El alegato se concentró en la primera.
- La invariabilidad tributaria es una certeza necesaria para invertir. Las inversiones silvoagropecuarias tienen ciclos largos: transcurre mucho tiempo entre la decisión de invertir y la recuperación del capital. En ese período el productor ya enfrenta riesgos y externalidades climáticas, comerciales y sanitarias. Sumar a eso una carga regulatoria adicional tiene un solo efecto posible: que la inversión no se realice o se traslade a otro país. La agricultura chilena compite por esa inversión con otras economías.
- A nuestro juicio, la norma no vulnera principio constitucional alguno y nuestro régimen democrático permanece inalterado. Las mayorías elegidas democráticamente en el Congreso pueden legítimamente dotar de estabilidad a las inversiones hacia adelante.
Sociedad Nacional de Agricultura
Fuente: OC2.