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    Inicio»Comunicados de Prensa»Activos en el extranjero: La obligación tributaria que muchos aún desconocen
    Comunicados de Prensa

    Activos en el extranjero: La obligación tributaria que muchos aún desconocen

    28 abril, 2026 - 20:353 Mins Read

    Con plazos clave en abril y junio, Zesty alerta sobre omisiones frecuentes que por desconocimiento pueden derivar en multas. Para evitar traspiés, desde la plataforma de inversión llaman a informarse a tiempo de los distintos aspectos a cumplir. 

    El crecimiento sostenido de las inversiones en el extranjero por parte de chilenos está abriendo nuevas oportunidades financieras, pero también nuevos riesgos. Uno de los principales: el desconocimiento de las obligaciones tributarias asociadas a estos activos.

    De cara al Año Tributario 2026, desde la plataforma de inversiones chilena Zesty advierten que muchos inversionistas aún no tienen claridad sobre los procesos que deben cumplir ante el Servicio de Impuestos Internos (SII), lo que puede traducirse en multas, recargos o fiscalizaciones.

    “Declarar las inversiones en el extranjero no es opcional. Es una obligación legal que, si se ignora, puede generar complicaciones innecesarias con el SII”, señala David Cosoi, CEO de Zesty.


    El ejecutivo explica que, aunque por desconocimiento se omita esta información, Chile mantiene acuerdos de intercambio de información tributaria con múltiples jurisdicciones, lo que hace detectable el error y la potencial aplicación de multas. Pero, además, al no declarar se puede perder la posibilidad de acceder a beneficios como créditos por impuestos pagados en el exterior.

    Dos trámites clave y plazos definidos

    Quienes hayan invertido fuera de Chile durante el año comercial anterior deben cumplir con dos obligaciones principales: el Formulario 22, con plazo hasta el 30 de abril, y la Declaración Jurada 1929, que se extiende hasta el 30 de junio.

    El Formulario 22 corresponde a la declaración anual de renta, donde se informan las rentas del exterior afectas a impuesto global complementario. La Declaración Jurada 1929 es una declaración informativa que detalla las inversiones, incluyendo ganancias de capital, dividendos y entidades extranjeras involucradas.

    Un punto crítico es que esta obligación aplica incluso si no se han retirado fondos o no se generaron ganancias. “Uno de los errores más comunes es asumir que si no hubo retiros o utilidades, no hay nada que declarar. La DJ 1929 debe presentarse igual para informar el estado de las inversiones”, explica Cosoi.

    Responsabilidad del inversionista

    Otro foco de confusión está en el rol de las plataformas de inversión. No todas operan bajo el mismo modelo, y en muchos casos la responsabilidad de declarar recae directamente en el usuario.

    En el caso de inversiones locales, algunas corredoras reguladas en Chile pueden encargarse del proceso. Sin embargo, cuando se trata de inversiones en el extranjero -por ejemplo, en Estados Unidos-, el inversionista debe realizar la declaración de forma manual ante el SII.

    “Antes de asumir que tu plataforma se encarga de todo, es clave entender qué parte del proceso es automática y cuál depende de ti. Esa diferencia explica muchas omisiones involuntarias”, agrega el CEO de Zesty.

    Educación tributaria 

    Desde la industria coinciden en que el avance de la inversión internacional debe ir acompañado de mayor educación financiera y tributaria. La falta de información sigue siendo una de las principales brechas.

    En ese contexto, Zesty ha impulsado herramientas para facilitar el proceso, como reportes de operaciones en formato compatible con el SII y guías paso a paso para completar las declaraciones.

    “Facilitar el acceso a mercados internacionales no es suficiente. También tenemos la responsabilidad de acompañar a los usuarios en todo el ciclo, incluyendo el cumplimiento tributario. Eso es clave para generar confianza y madurez en el ecosistema”, concluye Cosoi.

    Fuente: Vital Comunicaciones.

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