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    Home»Comunicados de Prensa»Ley corta de PGU entra en vigor y cerca de 2900 personas de la región de Coquimbo se sumarán al beneficio
    Comunicados de Prensa

    Ley corta de PGU entra en vigor y cerca de 2900 personas de la región de Coquimbo se sumarán al beneficio

    4 abril, 2023 - 14:234 Mins Read
    • Más de 84 mil personas de la región ya reciben la PGU, número que se ampliará gracias a la nueva normativa.

    El 1 de abril entró en vigor la Ley N° 21.538, conocida como “Ley Corta de la PGU”, que considera un nuevo requisito de focalización y que permitirá que más personas beneficiarias puedan obtener este beneficio del Estado.

    Esto, gracias a que se modificó uno de los requisitos para acceder a la PGU, específicamente el de focalización. Así, en lugar de evaluar que el adulto mayor NO integre un grupo familiar perteneciente al 10 % más rico de la población de 65 o más años, a partir de abril se verificará que NO pertenezca al 10 % más rico de la población en general. Esto permite ampliar el umbral para que más personas ingresen al beneficio. Esto implica, además, que las solicitudes de Pensión Garantizada Universal (PGU) que hayan sido rechazadas exclusivamente por el requisito de focalización entre agosto de 2022 y marzo de 2023, serán reevaluadas internamente por el IPS. Es decir, de cumplir las nuevas condiciones, estas personas no tienen que hacer un nuevo trámite de solicitud y, de ser otorgado el beneficio, serán notificadas al contacto que informaron.

    Al respecto, es importante señalar que las personas pueden consultar desde abril el resultado de su reevaluación en los canales de atención de la red ChileAtiende del IPS.

    En este sentido la Seremi del Trabajo y Previsión Social, Claudia Santander, explicó que “efectivamente este 1 de abril entró en vigencia la ley corta de PGU y esta modificación en la normativa considera un nuevo requisito de focalización y que permitirá que más personas beneficiarias puedan obtener este beneficio del Estado. En este sentido de acuerdo con los datos entregados por el IPS, serían alrededor de 2900 personas que accederán al beneficio, ya que muchas de ellas ya hicieron la postulación y ahora de forma automática se hará la reevaluación con el nuevo criterio que establece la ley corta. Mientras que otras personas tendrán que revisar los requisitos que se actualizaron y postular para ser eventuales beneficiarios de este importante beneficio que es la Pensión Garantizada Universal”.

    En la actualidad, y a nivel nacional, la cobertura de la PGU representa un esfuerzo fiscal mensual por más de $ 405.789 millones que van en apoyo directo de los adultos y adultas mayores de nuestro país, estén pensionadas o no.

    Requisitos de la PGU

    Desde este 1 de abril se evaluará:

    ✓ Haber cumplido 65 años de edad (pensionado o no).

    ✓ No integrar un grupo familiar perteneciente al 10 % más rico de la población de Chile.

    ✓ Acreditar residencia en Chile por 20 años continuos o discontinuos, contados desde que el peticionario haya cumplido veinte años de edad; y, en todo caso, por el lapso no inferior a 4 años de residencia en los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la solicitud.

    ✓ Contar con una pensión base (calculada según su PAFE inicial; es decir, pensión estimada para determinar la pensión base de una persona, de acuerdo a sus fondos acumulados) menor a $1.114.446. Cabe destacar que para quienes tengan una pensión base desde $702.102 y hasta $1.114.446, el monto de la PGU es menor a los $206.173 establecidos para este beneficio.

    ¿Cómo solicitar la PGU?

     Todos los días del año, incluidos fines de semana y feriados, en el sitio www.chileatiende.cl, con ClaveÚnica. En el mismo sitio se puede consultar, previamente, si se cumple con las condiciones básicas para acceder al beneficio.

    Durante los días hábiles, de lunes a viernes, a través de videoatención en www.chileatiende.cl o www.ips.gob.cl. También en sucursales ChileAtiende del Instituto de Previsión Social, IPS, municipalidades y también está la opción de las AFP o compañías de seguros, si la persona está afiliada a una de esas entidades.

    Una condición previa a la solicitud es que las personas estén inscritas en el Registro Social de Hogares. Si la persona aún no cuenta con este instrumento, puede solicitarlo por Internet en el sitio www.registrosocial.gob.cl, en su municipalidad o sucursales ChileAtiende del IPS.

    Fuente: Ministerio del Trabajo.

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